Nosotras las mujeres indìgenas wayuu. Nos organizamos en torno al fortalecimiento y difusiòn de nuestra palabra sagrada de mujer(sabidurìa indìgena) para la pervivencia dentro de nuestra gran naciòn wayuu( WAJIRRÜ WOÜMAIN MÜLOUSUKALÜ) " FORTALECIENDO NUESTRA PALABRA SAGRADA "
lunes, 14 de marzo de 2011
Quincuagésima quinta sesión de la Comisión de la Condición Social y Jurídica de la Mujer
Declaración de mujeres indígenas
“Todas, unidas por nuestros derechos”
En nombre del Foro Internacional de Mujeres Indígenas, una red internacional de organizaciones de mujeres indígenas líderes de América, África y Asia, quienes luchan para la defensa de los derechos humanos de las mujeres indígenas y trabajan para mejorar las vidas de sus pueblos, felicitamos a la señora Michelle Bachelet por su nombramiento como Secretaria Adjunta y Directora Ejecutiva de la recientemente creada, ONU Mujeres.
Reafirmando que el Foro Internacional de Mujeres Indígenas ha abogado por el reconocimiento pleno y efectivo del ejercicio de sus derechos fundamentales, tanto como mujeres y como pueblos indígenas.
Reconociendo que la creación de ONU Mujeres es un paso importante en el avance para la defensa de los derechos humanos de mujeres y niñas en todo el mundo y para la eliminación de la discriminación de género.
Convencidas que ONU Mujeres representa una oportunidad para incluir las perspectivas y prioridades de las mujeres indígenas en el funcionamiento del sistema de las Naciones Unidas de forma coherente y efectiva.
Considerando el papel central de las mujeres indígenas en sus comunidades, en la protección de los conocimientos ancestrales, en la construcción del capital social y cultural de sus pueblos y para contribuir a garantizar la continuidad de la vida, valores y culturas de los pueblos indígenas.
En el marco de la celebración de la quincuagésima quinta sesión de la Comisión de la Condición Social y Jurídica de la Mujer, instamos a ONU Mujeres a:
- Reconocer explícitamente en su mandato la situación de mujeres y niñas indígenas e incluir el enfoque intercultural en todos los niveles;
- Construir mecanismos adecuados para garantizar la inclusión de las mujeres indígenas y su participación en ONU Mujeres a través de la contratación y permanencia de expertas indígenas en todos los niveles de la organización
- Diseñar e implementar políticas específicas para el adelanto de los derechos humanos de mujeres indígenas, normas y programas específicos tomando en cuenta la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas así como las preocupaciones y recomendaciones del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de Naciones Unidas, y de organizaciones de mujeres indígenas;
- Incluir un presupuesto asignado directamente a los programas para mujeres indígenas;
- Considerar la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, así como las perspectivas de género de las mujeres indígenas en la formación de sus políticas, normas y programas específicos;
Para concluir, el Foro Internacional de Mujeres Indígenas quiere expresar su apoyo a la Directora Ejecutiva de la nueva entidad, la Sra. Michelle Bachelet y se compromete a trabajar arduamente junto a ONU Mujeres para lograr el reconocimiento y pleno ejercicio de los derechos de las mujeres indígenas.
www.fimi-iiwf.org
domingo, 13 de marzo de 2011
LA PROBLEMÀTICA TIERRA-TERRITORIO EN EL MARCO DEL CONVENIO 169 DE LA OIT.
La deficiencia legal en cuanto a la problemàtica de la tierra-Territorio, que nos ha acompañado en estos ùltimos tiempos, se aclara en los ùltimos años con la ratificaciòn por la mayorìa de los estados americanos del convenio 169 de la OIT , y que se convierte en la base legal plena para diferenciar la NOCIÒN DE TIERRA Y TERRITORIO.
Existen importantes documentos internacionales como antecedentes al reconocimiento de los derechos de los pueblos indìgenas, sin embargo, el CONVENIO 169 DE LA OIT evoluciona hacia el reconocimiento de la naturaleza pluricultural y multiètnica de los pueblos indìgenas,AFIRMANDO LA nociòn de territorio ademàs ha tenido impacto en pràcticamente todas las reformas constitucionales que abordan el tema de los derechos indìgenas.
En cuanto a los derechos especìficos, el que se refiere a la utilizaciòn de la tierra, que dentro de la cosmovisiòn indìgena no puede ser tratada como un bien apropiable y enajenable en la forma como lo disponen los Còdigos Civiles de Àmerica Latina,tiene gran similitud entre los diversos pueblos indìgenas de latino Àmerica, a pesar de su nùmero y de la inmensidad el espacio geogràfico en que estàn diseminados.
En este contexto.el convenio 169,se refiere a 1.- Las tierras entendidas como espacio dentro del cual se ejerce la propiedad, 2- Los territorios concebidos como espacio dentro de los cuales, sin que haya propiedad reconocida, en el sentido del ordenamiento jurìdico interno,se mantiene formas ancestrales de utilizaciòn y aprovechamiento del hàbitad natural, para el desenvolvimiento de las especiales condiciones de vida de los pueblos indìgenas.
En los 21 paìses latinoamericanos es posible reconocer tres tipos de constituciones , segùn el grado y el tipo de menciones de la poblaciòn indìgena. Las constituciones correspondientes al tercer grupo representan ·la vanguardia" de derechos constitucionales, 9 de estos paìses reconocen incluso el caràcter ancestral de las comunidades,territoriales y autonòmicos,sin embargo el hecho de que conste en cada una de las constituciones NO ASEGURAN SU APLICACIÒN,ESTOS DERECHOS SERÀN MERAMENTE DECLARATIVOS.
El propio derecho agrario de las primeras acepciones que mas tarde permitiràn zanjar las diferencias entre ambas,que fue categôricamente diferenciada por los movimientos indìgenas de Àmerica Latina,QUIENES VIERON SUS TERRITORIOS ALTERADOS EN SU INTEGRIDAD E INTANGILIBILIDAD,DEBIDO A VARIOS FACTORES,ENTRE LOS PRINCIPALES. 1- ACTIVIDADES EXTRACTIVAS IMPULSADAS DESDE EL ESTADO. 2- AMPLIACIÒN DE LA FRONTERA AGRÌCOLA POR PROCESOS ESPONTÀNEOS O INDUCIDOS DE COLONIZACIÒN. 3.-POLÌTICAS ESTATALES SOBRE EL TEMA TIERRA NO DEFINIDA. Y 4.- PROCESO DE REGULARIZACIÒN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA LENTOS.
Factores estos, que ademàs de afectar gravemente a la biodiversidad que tiene su lugar en dichos territorios,igualmente perturban las relaciones animistas del SER con su entorno, lo que incide directamente en la identidad de grupo y su cosmovisiòin.
Estos antecedentes han hecho necesaria la consolidaciòn de territorios indìgenas, buscando nuevas y novedosas alternativas jurìdicas de administraciòn, uso y manejo territotorial, especialmente de zonas de alta diversidad biològica.
Existen importantes documentos internacionales como antecedentes al reconocimiento de los derechos de los pueblos indìgenas, sin embargo, el CONVENIO 169 DE LA OIT evoluciona hacia el reconocimiento de la naturaleza pluricultural y multiètnica de los pueblos indìgenas,AFIRMANDO LA nociòn de territorio ademàs ha tenido impacto en pràcticamente todas las reformas constitucionales que abordan el tema de los derechos indìgenas.
En cuanto a los derechos especìficos, el que se refiere a la utilizaciòn de la tierra, que dentro de la cosmovisiòn indìgena no puede ser tratada como un bien apropiable y enajenable en la forma como lo disponen los Còdigos Civiles de Àmerica Latina,tiene gran similitud entre los diversos pueblos indìgenas de latino Àmerica, a pesar de su nùmero y de la inmensidad el espacio geogràfico en que estàn diseminados.
En este contexto.el convenio 169,se refiere a 1.- Las tierras entendidas como espacio dentro del cual se ejerce la propiedad, 2- Los territorios concebidos como espacio dentro de los cuales, sin que haya propiedad reconocida, en el sentido del ordenamiento jurìdico interno,se mantiene formas ancestrales de utilizaciòn y aprovechamiento del hàbitad natural, para el desenvolvimiento de las especiales condiciones de vida de los pueblos indìgenas.
En los 21 paìses latinoamericanos es posible reconocer tres tipos de constituciones , segùn el grado y el tipo de menciones de la poblaciòn indìgena. Las constituciones correspondientes al tercer grupo representan ·la vanguardia" de derechos constitucionales, 9 de estos paìses reconocen incluso el caràcter ancestral de las comunidades,territoriales y autonòmicos,sin embargo el hecho de que conste en cada una de las constituciones NO ASEGURAN SU APLICACIÒN,ESTOS DERECHOS SERÀN MERAMENTE DECLARATIVOS.
El propio derecho agrario de las primeras acepciones que mas tarde permitiràn zanjar las diferencias entre ambas,que fue categôricamente diferenciada por los movimientos indìgenas de Àmerica Latina,QUIENES VIERON SUS TERRITORIOS ALTERADOS EN SU INTEGRIDAD E INTANGILIBILIDAD,DEBIDO A VARIOS FACTORES,ENTRE LOS PRINCIPALES. 1- ACTIVIDADES EXTRACTIVAS IMPULSADAS DESDE EL ESTADO. 2- AMPLIACIÒN DE LA FRONTERA AGRÌCOLA POR PROCESOS ESPONTÀNEOS O INDUCIDOS DE COLONIZACIÒN. 3.-POLÌTICAS ESTATALES SOBRE EL TEMA TIERRA NO DEFINIDA. Y 4.- PROCESO DE REGULARIZACIÒN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA LENTOS.
Factores estos, que ademàs de afectar gravemente a la biodiversidad que tiene su lugar en dichos territorios,igualmente perturban las relaciones animistas del SER con su entorno, lo que incide directamente en la identidad de grupo y su cosmovisiòin.
Estos antecedentes han hecho necesaria la consolidaciòn de territorios indìgenas, buscando nuevas y novedosas alternativas jurìdicas de administraciòn, uso y manejo territotorial, especialmente de zonas de alta diversidad biològica.
LA REALIDAD DE LOS PUEBLOS INDÌGENAS
La pobreza indìgena urbana tiene relacion directa con la situacìon precaria de inserciòn laboral que acoge preferentemente mano de obra indìgena migrante en el sector informal de la economìa. Esto redunda en la calidad del empleo y las oportunidades de acceder a fuentes de ingresos; en contraste,la pobreza indìgena rural se explica por la falta de infraestructura productiva, de articulaciòn con los determinanates de la productividad agrìcola pecuarìa , y de adecuado acceso a mercados de ambienes agropecuarios. El 67% de los empleos màs vulnerables y precarios lo ocupan indìgenas, y el el 28 % de los empleos semi-calificados son para indìgenas.Paralelamente, solo el 4% de trabajadores indìgenas ocupan trabajos que requieren mayor calificacion.
La construcciòn de una nueva ciudadanìa indìgena se ha hecho sobre la base de consolidar un fuerte sistema de demandas,las que han estado vinculadas,primero, a la defensa del règimen de tierras de las comunidades y, màs tarde, a la reivindicaciòn del reconocimiento de su existencia polìtica.En los ultimos años,varios han sido los movimientos sociales protagonizados por pueblos indìgenas y originarios,con los que han buscado consolidar un sistema de derechos que no VULNERE LA ESTABILIDAD DE LAS comunidades INDÌGENAS rurales ni de las familias indìgenas que viven en las ciudades.
El movimiento social polìtico indìgena ha mostrado en los ùltimos años una PASIVIDAD frente a laconstrucciòn de la acciòn colectiva como tal. La comprensiòn del fenòmeno gradual de la formaciòn de esa ciudadanìa indìgena requiere el anàlisis de las maneras formales e informales de participaciòn,
sábado, 12 de marzo de 2011
walüjainjatü tü wakuaipaka, ! epünale waya !
! aanasa waya !
weipünain jatü jüpüla tü akuai'pa,
!wayalerrüipa wanülia- nnojotsü jarralüin
onoujain wamüin.
wekipuinjana naa tepichi jemeiwakana maulu yaa !
!aishaa ! waiùyain pia ! - !münüshisaa chira !macheekai waiùnaiki
nnojoluin jana mojujirrain, ! painmajirrain jana ,waya jünain tü aku'aipaka.
!! Aluleinjaa mayakajee waya !
walüjainjatü tü wakuaipaka, ! epünale waya !
Nnolotlejee tia , nnojotsü nali wayuu,
Kamaneinjana wayaa epünale walüküin,
wojutuinjatü jalii tü molulawaka
wachiyajainjatü na tepichi
! AJA !! wanejerraja wane kaiya !!
weipünain jatü jüpüla tü akuai'pa,
!wayalerrüipa wanülia- nnojotsü jarralüin
onoujain wamüin.
wekipuinjana naa tepichi jemeiwakana maulu yaa !
!aishaa ! waiùyain pia ! - !münüshisaa chira !macheekai waiùnaiki
nnojoluin jana mojujirrain, ! painmajirrain jana ,waya jünain tü aku'aipaka.
!! Aluleinjaa mayakajee waya !
walüjainjatü tü wakuaipaka, ! epünale waya !
Nnolotlejee tia , nnojotsü nali wayuu,
Kamaneinjana wayaa epünale walüküin,
wojutuinjatü jalii tü molulawaka
wachiyajainjatü na tepichi
! AJA !! wanejerraja wane kaiya !!
LA PERSISTENCIA DE LAS MUJERES POR UN LUGAR EN SUS PUEBLOS
Sin lugar a duda la resistencia de las mujeres, es la lucha màs persistente en la historia de la humanidad, la dominacìòn a los pueblos debiò aplazar los intereses particulares de las mujeres,sin embargo hoy se escucha la voz de las mujeres en la defensa de sus pueblos y en la defensa de las reivindicaciones propias de las mujeres.
EL PROCESO DE BÙSQUEDA DE RECONOCIMIENTO PARA LAS MUJERES NO HA SIDO FÀCIL. aunque me parece que mas que reconocimiento de parte de los otros es nuestra mirada desde adentro de cada una de nosotras...a partir de nuestra conciencia clara que cada una tengamos de lo valiosa que somos en nuestras comunidades,nuestros pueblos y sobre todos en la continuidad de la especie humana como mujeres .AHI estamos de frente y muy clara sobre los derechos humanos pero desde LA MIRADA INDÌGENA ...!! porque si la vemos desde la otra mirada que no es la nuestra, corremos el peligro de aplicar derechos y deberes que no son las nuestras ! DIRIAMOS LAS WAYUU (TÜ WAYUUWAKALÜ , TÜ WAKUAIPAKALÜ) NNOJOLULE WOUNUIN JÜCHIRRUA TIA AMÜLOUISHI WAYA...!!
EL PROCESO DE BÙSQUEDA DE RECONOCIMIENTO PARA LAS MUJERES NO HA SIDO FÀCIL. aunque me parece que mas que reconocimiento de parte de los otros es nuestra mirada desde adentro de cada una de nosotras...a partir de nuestra conciencia clara que cada una tengamos de lo valiosa que somos en nuestras comunidades,nuestros pueblos y sobre todos en la continuidad de la especie humana como mujeres .AHI estamos de frente y muy clara sobre los derechos humanos pero desde LA MIRADA INDÌGENA ...!! porque si la vemos desde la otra mirada que no es la nuestra, corremos el peligro de aplicar derechos y deberes que no son las nuestras ! DIRIAMOS LAS WAYUU (TÜ WAYUUWAKALÜ , TÜ WAKUAIPAKALÜ) NNOJOLULE WOUNUIN JÜCHIRRUA TIA AMÜLOUISHI WAYA...!!
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